lunes, 30 de abril de 2012

4.los deberes que tiene el contratista al empleador

Cada contratista elaborará un plan de seguridad y salud en el trabajo donde se analizarán, estudiarán las previsiones contenidas en el estudio básico en función de la ejecución de la obra. Deberán incluirse medidas alternativas de prevención, su presupuesto y que en ningún caso supondrá una merma en los niveles de protección.
La organización de la actividad preventiva en el sector de la construcción responderá: designación de trabajadores, constitución de un servicio de prevención propio (obligatorio en caso de superar los 250 trabajadores), concierto con servicio de prevención Antes de comenzar la actividad, el contratista exigirá a las empresas subcontratadas que le acrediten por escrito que han realizado la evaluación de riesgos, la planificación de la actividad preventiva que deberá constar del plan de seguridad y salud adecuado en función de los riesgos y que han cumplido con la formación e información a los trabajadores que realizarán los servicios.

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