1.
Solicitar ante el INSS que
determine si está o no curado: La apertura del procedimiento genera
automáticamente la prórroga de la Incapacidad Temporal, entendida como
profesional, hasta que se resuelva el proceso Simultáneamente, debe solicitarse
al médico de cabecera la baja por
contingencias comunes.
2.
No, porque según lo establecido en las
prestaciones asistenciales, se le deben suministrar todos los medicamentos que
se necesiten, los cuales serán cubiertos por la EPS
3.
Al día siguiente de
tener el parte de la baja.
4.
Si el médico de la
EPS en la que se encuentra afiliado el trabajador accidentado, considera
necesario ordenarle la rehabilitación, el empleador no sólo estará obligado a
conceder le esos días para su recuperación y descanso, sino que además estará obligado
a pagarle el auxilio de incapacidad, siempre que el trabajador acredite las incapacidades
de forma oportuna.
5.
Los empleadores deben situar al trabajador
incapacitado en el cargo que desempeñaba, o a proporcionarle un trabajo apto
con sus capacidades, para lo cual deberán remover el personal que sea
necesario. También según la secuela se le dará la indemnización por incapacidad
permanente parcial ó pensión de invalidez.
6.
Cuando el empleador o
responsable del pago de la cotización incumple las normas de seguridad y salud,
adoptadas en forma general por la dirección técnica de riesgos profesionales
del ministerio de trabajo y seguridad social, esta le podrá imponer multas mensuales
hasta por quinientos salarios mínimos legales mensuales
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